Remisión Telemática de información sobre acuerdos contrarios a reparos, anomalías en ingresos y acuerdos con omisión de fiscalización previa.

Por Resolución de 10 de julio de 2015, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas se publica el Acuerdo del Pleno por el que se aprueba la Instrucción que regula la remisión telemática de información sobre acuerdos y resoluciones de las entidades locales contrarios a reparos formulados por los interventores locales y anomalías detectadas en materia de ingresos, así como sobre los acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa.

La documentación e información ha de ser remitida a través de la Plataforma de Rendición de Cuentas (www.rendiciondecuentas.es). Para las altas de usuario se diferencian dos situaciones:

1.- Si el secretario-interventor figura como usuario en la Plataforma de Rendición de Cuentas el alta  ha de solicitarse en el módulo de reparos y no necesita cursar solicitud ni acompañar  documentación.

2.- Si los datos del secretario- interventor no coinciden con el que figura en la Plataforma de Rendición de Cuentas, habrá de solicitar el alta acompañando documento del nombramiento como responsable de la intervención.

Haga clic aquí para ir directamente a la página de solicitud del alta.

 

La información del ejercicio 2014 deberá remitirse antes del 15 de octubre de 2015 y a partir del año 2016  la documentación se remitirá antes del 30 de abril.

En  el supuesto de que durante el ejercicio no se hubiera adoptado por la Entidad acuerdo alguno contrario a reparos formulados, ni se hayan aprobado expedientes de reconocimiento extrajudicial de créditos, ni acuerdos con omisión de fiscalización previa, o tramitados al margen del procedimiento, ni se hayan detectado anomalías en materia de ingresos, se hará constar dicha circunstancia mediante la certificación negativa que en la citada aplicación informática se contiene al efecto.

El remitente de la información y la documentación referida habrá de utilizar una firma electrónica reconocida basada en un certificado reconocido y producida por un dispositivo seguro de creación de firma.

Instrucciones de configuración de la Plataforma FACe para la aplicación de Gestión Municipal, tanto Simplificada como Básica.

Mediante este manual ponemos a disposición de nuestros clientes la forma de integrar las facturas recibidas a través del punto general de entrada de factura electrónica FACe con el registro de facturas de la aplicación Gestión Municipal Integrada, en sus dos versiones: Básica y Simplificada.

Con el fin de hacer más ordenado el proceso de configuración, hemos dividido el manual en fases. Cada fase es necesario realizarla al completo antes de pasar a la siguiente y es obligatorio respetar el orden de dichas fases.

  1. La primera de las fases nos explica como actualizar el estado de las facturas que recibidas en FACe a su estado final de pagadas o rechazadas, según sea su estado en nuestra contabilidad. Haremos el cambio de estado para todas aquellas facturas que ya tengamos contabilizadas. Aquellas que no hemos contabilizado todavía, no las cambiaremos. Hay que dejarlas en el estado de “Registrada”, para que nuestro programa pueda descargarlas.
  2. La segunda fase muestra el procedimiento de solicitud de Alta del RCF de la entidad local para la plataforma FACe y el seguimiento de dicha solicitud.
  3. La tercera de las fases será la activación del servicio de gestión del RCF de la entidad local a través de la aplicación Gestión Municipal Integrada.
  4. La cuarta fase consiste en preparar el registro de facturas de la plataforma FACe para que pueda interactuar con la aplicación contable, asignando el RCF al registro de la entidad local.
  5. La quinta de las fases detalla ya los pasos a seguir en la aplicación Gestión Municipal para registrar, rechazar o comunicar los estados contables de las facturas recibidas a FACe.

Pulse aquí para descargar el manual completo de los procesos.

El Déficit en la Liquidación del Presupuesto y los Planes Económico – Financieros

Pulse sobre el enlace y descargue el documento que la Subdirección General de Estudios y Financiación de las Entidades Locales remite a la Diputación de Málaga, en contestación a un escrito en el que planteaba diversas cuestiones sobre el contenido de los Planes Económico Financieros, obligatorios para las entidades que incurren en déficit como consecuencia de la disposición del remanente de tesorería.

 

Descargue el contenido de la contestación de la Subdirección General.

 

Líneas fundamentales de los presupuestos, Periodo Medio de Pago a proveedores y Morosidad.

Hoy día 1 de octubre finaliza el plazo para la remisión de las Líneas Fundamentales para el presupuesto de 2015 y comienza el plazo para la comunicación del Periodo Medio de Pago a proveedores,definido en el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio.

Ambas informaciones están soportadas en nuestras aplicaciones desde la aparición de la actualización de 23 de septiembre, que está disponible para nuestros clientes con contrato al día. A continuación figuran los enlaces a los manuales de dicha actualización, tanto en versión Básica como Simplificada.

El enlace a la plataforma para la remisión de las Líneas Fundamentales del presupuesto 2015 estará activo hasta las 18:00 horas de hoy, siendo su plazo improrrogable. A continuación figuran los enlaces, tanto a la plataforma de envío como a la guía publicada por el Ministerio para dicha comunicación.

Los enlaces para la comunicación del Periodo Medio de Pago a proveedores y su guía, se relacionan a continuación.

La aparición de la comunicación del Periodo Medio de Pago no implica dejar de comunicar los informes trimestrales sobre el cumplimiento de los plazos previstos en el pago de las obligaciones de las Entidades Locales (Ley 15/2010), comúnmente conocido como «informes de morosidad».